
Contamos con un equipo de abogados especializados en el ámbito del derecho de familia, que trabaja desde el respeto y la empatía con el cliente, ofrecemos un servicio integral y adaptado a las circunstancias personales de cada persona.
El “Divorcio express” es un nuevo tipo de divorcio previsto en la reforma del Código Civil Argentino que permite divorciarse bastando sólo la voluntad de uno de los cónyuges, sin tener que demostrar causa o motivo y sin requerirse el tiempo mínimo de 3 años de casados. Presenta ventajas por su costo económico, sencillez y rapidez.
La compensación económica es un derecho-deber personal de naturaleza familiar que se le otorga al cónyuge o conviviente que en razón de la ruptura ha sufrido un pérdida en su patrimonio.
Es lo que se conoce como el conjunto de bienes gananciales en el matrimonio. Los bienes gananciales son aquellos bienes adquiridos durante el matrimonio.
A partir de la implementación del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, el “régimen de visitas” cambió su denominación a “régimen de comunicación”. Esto lo contempla no sólo como un derecho de ambos progenitores sino, también, como un derecho del niño, niña o adolescente, de ciertos parientes y, aún, de terceros con interés legítimo. El régimen de comunicación se inicia cuando existen vínculos que no pueden desarrollarse en forma natural y normal por situaciones de conflicto o crisis en el seno familiar. Es un derecho que tiene el progenitor no conviviente con el hijo, y además es un derecho de ese niño a mantener contacto con el progenitor y la familia o un referente afectivo.
Existen casos donde uno de los progenitores aleja a los menores del otro progenitor, si no existen causales de impedimento de contacto debidamente fundadas, y se comprueba la animosidad del padre conviviente para dicho alejamiento, se inician actuaciones por el reintegro de los menores. En lo que respecta al impedimento de contacto el mismo es un delito tipificado en la Ley 24.270.
La cuota alimentaria es el monto que debe pagar el padre que no convive con sus hijos (en caso de divorcio o separación de hecho) para colaborar con los gastos destinados al bienestar de los hijos. El porcentaje de la cuota alimentaria queda a criterio del Juez, oscila entre un 20% y un 30% de los ingresos de los padres (para empleados Registrados en relación de dependencia.
El monto de la cuota alimentaria debe ser acordado por los padres y para que tenga validez debe estar homologada judicialmente. Si los padres no llegan a un acuerdo, será el Juez que determines la suma a ser pagada, teniendo en cuenta los ingresos de ambos progenitores.
Acciones y medidas cautelares: Hoy día la violencia de género es un mal endémico a nivel nacional, cultural y en todos niveles socio-económicos de las personas, afectando a mujeres y a hombres también, para esto existen remedios legales que coadyuvan a sobrellevar la situación como ser las denuncias por violencias de género, tanto por la violencia física como psicológica y moral. Existen acciones y medidas cautelares de inmediata resolución como son las Acciones de restricción perimetral, exclusión del hogar conyugal, y hasta encarcelamiento del presunto agresor.